Reintegro por Internación

Durante el primer año de afiliación, si debe ser internado le reintegraremos un monto diario para que pueda cubrir los gastos asociados a este cambio de rutina. Entendemos la internación, además de ser una carga emocional, es una carga monetaria, por esta razón contemplamos un apoyo de hasta 20 días anuales.
El reintegro hospitalario se aplica a accidentes, enfermedades eventuales no previstas y que no sean anteriores a la fecha del beneficio. Cubre a partir del tercer día de internación con servicio de acompañantes, con un máximo de hasta 20 días anuales.
El reintegro hospitalario excluye maternidad, enfermedades adquiridas previamente conocidas por el afiliado, afecciones psiquiátricas (inclyendo las que exigen tratamiento, psiconálisis, psicocteraia y cura del sueño) y afecciones de columna vertebral (excepto facturas traumáticas).
La edad máxima para aplicar este beneficio es de 75 años.